Aqui podemos dejar comentarios y opiniones, dudas y ayudas.
Comentarios: 19
#19
Cristina(martes, 05 noviembre 2024 08:47)
Hola Susana Muñiz, esto es lo que recoge el arancel por intervención en recurso de casación, esperamos haberte ayudado:
Artículo 52. Recurso extraordinario de infracción procesal y recurso de casación.
1. Por la interposición del recurso extraordinario de infracción procesal y del recurso de casación, el profesional de la Procura recurrente percibirá el 60 por ciento los derechos que le corresponde
en esa instancia. Si se inadmite el recurso percibirá el 50 por ciento del porcentaje anterior.
2. Por la tramitación de los recursos a que hace referencia el apartado anterior, incluyendo la formalización de la oposición, ante el Tribunal Superior de Justicia o el Tribunal Supremo, en cada
caso, cada profesional de la Procura personado percibirá el 40 por ciento restante.
3. Si el recurso de casación no se admitiera en el supuesto previsto en el apartado 3 del artículo 483 de la 1/2000, de 7 de enero, se devengará el 50 por ciento del primer periodo.
#18
Susana Muñiz castro(lunes, 04 noviembre 2024 22:34)
Cuánto cobra un procurador por un recurso de casación por infracción de ley?
#17
Mel(miércoles, 02 septiembre 2020 14:59)
Hola, soy recién procuradora y me encuentro que muchos posibles clientes me solicitan presupuesto cerrado sin indicarme cuantía y sin saber qué trámites/actuaciones tendré que realizar en todo el
proceso. Hay algún sitio donde pueda saber yo que se cobra aprox. por cada procedimiento ( no por arancel) ? Por ejemplo: diligencias previas, personación en ejecutoria penal para reclamar
daños....
Gracias
#16
Monica(domingo, 01 marzo 2020 22:48)
Estoy haciendo el master de acceso a la procura y necesito i formación actuación procurador en proceso penal en tráfico de drogas..alguien me puede ayudar
#15
Cristina(viernes, 14 septiembre 2018 11:23)
un millón de gracias! está hecha por nosotros con mucho cariño ;)
#14
x(viernes, 14 septiembre 2018 11:13)
a la gente del Juzgado nº 2 de Zafra nos gusta mucho tu web, está muy trabajada. felicitaciones.
#13
maria(miércoles, 07 marzo 2018 14:42)
Como diligenciar un oficio a la seguridad social
#12
MARTA(jueves, 23 febrero 2017 12:58)
Buenos días:
He presentado un concurso de acreedores y me han entregado los mandamientos con para el registro de la propiedad con el auto del concurso para el Registro mercantil. Necesito saber que es lo que
tengo que hacer ¿ Hay que pagar el 600? ¿ Otro tipo de tasa o impuesto? gracias
#11
Tractoreitor(miércoles, 17 febrero 2016 18:30)
Buenas.
Tengo un poblema con mi becino y las lindes. Lo meto en el juzgao? o mejor le avío con el azadón?
Cuanto me constaría arreglá las lindes con él.
#10
cristina(miércoles, 29 julio 2015 18:16)
Estimada compañera gracias por contactar con nostros :)
el caso que planteas no se nos ha dado nunca, yo en tu lugar llamaría al colegio de procuradores para que te indicasen su criterio, ya que en caso de desavenencia con tu compañero serán ellos los que
la resuelvan.
un saludo
#9
STELLA FRANCO(miércoles, 29 julio 2015 13:21)
Buenos días,
Acabo de darme de baja como Procuradora, y se me plantea arreglar cuentas con el procurador que me sustituye, el caso es he recibido una provisión de fondos (826€) del que he descontado los gastos
(358€) pero el procurador sustituto me sugiere que le tengo que dar la mitad de esa provisión (sin contar con los gastos habidos ya) y quedando solo asistir a juicio no sé cuanto me corresponde como
derechos, pues por el artículo 82 se deduce que es un porcentaje hasta el cese pero no sé a cuanto puede alcanzar.
Gracias de antemano y un saludo
#8
administrador(viernes, 29 mayo 2015 08:17)
Buenos dias Elena, gracias por utilizar nuestro foro.
La duda que nos planteas no podemos resolverla al no saber la cuantía del procedimiento y las actuaciones que en el se han generado.
Pero si podemos facilitarte los links primero de la tabla que regula según cuantía las cantidades a cobrar (te indicamos que en caso de juicio ordinario habría que aumentar un 10% sobre esa cuantia,
art.2 arancel)
Y este otro link que recoge el Real Decreto 1373/2003 que regula los aranceles de los procuradores para que puedas ver los articulos que se te han facturado:
Cualquier duda o cuestión aqui nos tienes!!! gracias por usar el foro.
Cristina
#7
Elena(jueves, 28 mayo 2015 22:13)
Buenas.
Me acaba de pasar mi procurador dos facturas y como no entiendo me gustaría que las vieseis por si creéis que todo es correcto o me ha cobrado de más. Muchas gracias.
procuradoralmendralejo(miércoles, 14 enero 2015 08:37)
buenos dias María, el artículo 89, según mi opinión habla del procurador que se persona a efectos únicamente de recibir notificaciones, en el caso del que me hablas creo que deberás valorar el
trabajo que has realizado y minutar en ese sentido, por ejemplo si has sacado copias, art 85, pero es una cuestión que está en tu criterio.
espero haberte ayudado, si no aqui estamos, si alguien más se anima :)
#5
María(martes, 13 enero 2015 13:36)
Buenos días, me he personado en un procedimiento de ejecución (E.T.J.) sólo para ver el expediente y luego he renunciado a la personación, a la hora de hacer mis honorarios, ¿Qué art. aplicar?
(la cuantía no la tendré en cuenta, pues es demasiado para el tiempo que he estado)(el art. 89 del arancel dice que se percibirá los derechos según el periódo en que sea designado). ¿cúanto cobrar
por ésto?
Buenos dias, os dejo en el blog artículo interesante que he encontrado en la red, a raiz de un error producido en una liquidación de la tasa 696, como vereís muy sencillito y práctico :) ,
jajajaja.
un abrazo,
Ahhhh!!!! y ya sabeis, los comentarios los teneís abiertos por si alguien tiene algo más que comentar o aportar.
#3
administrador(lunes, 03 noviembre 2014 18:53)
buenas tardes Pedro,
Te hemos contestado al email que has facilitado en el presupuesto solicitado.
Cualquier otra duda o cuestion estamos a tu disposición,
telefóno- 924.66.33.60 o en email- info@cristinacatalan.com
gracias
#2
Pedro(lunes, 03 noviembre 2014 18:12)
Buenas tardes, el banco me ha demandado por desahucio me reclama 900 €, pero me quiero oponer pues no estoy conforme, cúantos serán los honorarios de un procurador, gracias.
#1
cristina(miércoles, 28 mayo 2014 20:50)
Aqui podemos dejar comentarios y opiniones, dudas y ayudas :)
Cristina (martes, 05 noviembre 2024 08:47)
Hola Susana Muñiz, esto es lo que recoge el arancel por intervención en recurso de casación, esperamos haberte ayudado:
Artículo 52. Recurso extraordinario de infracción procesal y recurso de casación.
1. Por la interposición del recurso extraordinario de infracción procesal y del recurso de casación, el profesional de la Procura recurrente percibirá el 60 por ciento los derechos que le corresponde en esa instancia. Si se inadmite el recurso percibirá el 50 por ciento del porcentaje anterior.
2. Por la tramitación de los recursos a que hace referencia el apartado anterior, incluyendo la formalización de la oposición, ante el Tribunal Superior de Justicia o el Tribunal Supremo, en cada caso, cada profesional de la Procura personado percibirá el 40 por ciento restante.
3. Si el recurso de casación no se admitiera en el supuesto previsto en el apartado 3 del artículo 483 de la 1/2000, de 7 de enero, se devengará el 50 por ciento del primer periodo.
Susana Muñiz castro (lunes, 04 noviembre 2024 22:34)
Cuánto cobra un procurador por un recurso de casación por infracción de ley?
Mel (miércoles, 02 septiembre 2020 14:59)
Hola, soy recién procuradora y me encuentro que muchos posibles clientes me solicitan presupuesto cerrado sin indicarme cuantía y sin saber qué trámites/actuaciones tendré que realizar en todo el proceso. Hay algún sitio donde pueda saber yo que se cobra aprox. por cada procedimiento ( no por arancel) ? Por ejemplo: diligencias previas, personación en ejecutoria penal para reclamar daños....
Gracias
Monica (domingo, 01 marzo 2020 22:48)
Estoy haciendo el master de acceso a la procura y necesito i formación actuación procurador en proceso penal en tráfico de drogas..alguien me puede ayudar
Cristina (viernes, 14 septiembre 2018 11:23)
un millón de gracias! está hecha por nosotros con mucho cariño ;)
x (viernes, 14 septiembre 2018 11:13)
a la gente del Juzgado nº 2 de Zafra nos gusta mucho tu web, está muy trabajada. felicitaciones.
maria (miércoles, 07 marzo 2018 14:42)
Como diligenciar un oficio a la seguridad social
MARTA (jueves, 23 febrero 2017 12:58)
Buenos días:
He presentado un concurso de acreedores y me han entregado los mandamientos con para el registro de la propiedad con el auto del concurso para el Registro mercantil. Necesito saber que es lo que tengo que hacer ¿ Hay que pagar el 600? ¿ Otro tipo de tasa o impuesto? gracias
Tractoreitor (miércoles, 17 febrero 2016 18:30)
Buenas.
Tengo un poblema con mi becino y las lindes. Lo meto en el juzgao? o mejor le avío con el azadón?
Cuanto me constaría arreglá las lindes con él.
cristina (miércoles, 29 julio 2015 18:16)
Estimada compañera gracias por contactar con nostros :)
el caso que planteas no se nos ha dado nunca, yo en tu lugar llamaría al colegio de procuradores para que te indicasen su criterio, ya que en caso de desavenencia con tu compañero serán ellos los que la resuelvan.
un saludo
STELLA FRANCO (miércoles, 29 julio 2015 13:21)
Buenos días,
Acabo de darme de baja como Procuradora, y se me plantea arreglar cuentas con el procurador que me sustituye, el caso es he recibido una provisión de fondos (826€) del que he descontado los gastos (358€) pero el procurador sustituto me sugiere que le tengo que dar la mitad de esa provisión (sin contar con los gastos habidos ya) y quedando solo asistir a juicio no sé cuanto me corresponde como derechos, pues por el artículo 82 se deduce que es un porcentaje hasta el cese pero no sé a cuanto puede alcanzar.
Gracias de antemano y un saludo
administrador (viernes, 29 mayo 2015 08:17)
Buenos dias Elena, gracias por utilizar nuestro foro.
La duda que nos planteas no podemos resolverla al no saber la cuantía del procedimiento y las actuaciones que en el se han generado.
Pero si podemos facilitarte los links primero de la tabla que regula según cuantía las cantidades a cobrar (te indicamos que en caso de juicio ordinario habría que aumentar un 10% sobre esa cuantia, art.2 arancel)
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1373-2003.html#a1
Y este otro link que recoge el Real Decreto 1373/2003 que regula los aranceles de los procuradores para que puedas ver los articulos que se te han facturado:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1373-2003.html
Cualquier duda o cuestión aqui nos tienes!!! gracias por usar el foro.
Cristina
Elena (jueves, 28 mayo 2015 22:13)
Buenas.
Me acaba de pasar mi procurador dos facturas y como no entiendo me gustaría que las vieseis por si creéis que todo es correcto o me ha cobrado de más. Muchas gracias.
Factura 1:
http://fdzeta.com/subir/images/UaR.jpg
Factura 2:
http://fdzeta.com/subir/images/0cTu.jpg
procuradoralmendralejo (miércoles, 14 enero 2015 08:37)
buenos dias María, el artículo 89, según mi opinión habla del procurador que se persona a efectos únicamente de recibir notificaciones, en el caso del que me hablas creo que deberás valorar el trabajo que has realizado y minutar en ese sentido, por ejemplo si has sacado copias, art 85, pero es una cuestión que está en tu criterio.
espero haberte ayudado, si no aqui estamos, si alguien más se anima :)
María (martes, 13 enero 2015 13:36)
Buenos días, me he personado en un procedimiento de ejecución (E.T.J.) sólo para ver el expediente y luego he renunciado a la personación, a la hora de hacer mis honorarios, ¿Qué art. aplicar?
(la cuantía no la tendré en cuenta, pues es demasiado para el tiempo que he estado)(el art. 89 del arancel dice que se percibirá los derechos según el periódo en que sea designado). ¿cúanto cobrar por ésto?
procuradoralmendralejo (jueves, 06 noviembre 2014 09:32)
Buenos dias, os dejo en el blog artículo interesante que he encontrado en la red, a raiz de un error producido en una liquidación de la tasa 696, como vereís muy sencillito y práctico :) , jajajaja.
un abrazo,
Ahhhh!!!! y ya sabeis, los comentarios los teneís abiertos por si alguien tiene algo más que comentar o aportar.
administrador (lunes, 03 noviembre 2014 18:53)
buenas tardes Pedro,
Te hemos contestado al email que has facilitado en el presupuesto solicitado.
Cualquier otra duda o cuestion estamos a tu disposición,
telefóno- 924.66.33.60 o en email- info@cristinacatalan.com
gracias
Pedro (lunes, 03 noviembre 2014 18:12)
Buenas tardes, el banco me ha demandado por desahucio me reclama 900 €, pero me quiero oponer pues no estoy conforme, cúantos serán los honorarios de un procurador, gracias.
cristina (miércoles, 28 mayo 2014 20:50)
Aqui podemos dejar comentarios y opiniones, dudas y ayudas :)
un abrazo